Respecto del segundo motivo, en el que hace referencia a que en su recurso de
Respecto del segundo motivo, en el que hace referencia a que en su recurso de apelación restringida denunció que la sentencia incurrió en defecto comprendido en el art. 370 inc. 5) del CPP y la inobservancia del art. 124 del CPP, lo que hubiera llevado a incurrir en el defecto absoluto comprendido en el art. 169 inc. 3) del CPP, al haberse vulnerado su derecho a una resolución fundamentada, el derecho a la defensa, derecho a la seguridad jurídica, generando la vulneración del derecho al debido proceso previsto en el art. 115.II de la CPE; al respecto, con relación este punto el Tribunal de alzada hubiera señalado que no mencionó la aplicación que se pretende lo cual no fuera cierto al haberse señalado en un fragmento de su recurso de apelación restringida que en dicho recurso hubiera indicado de manera clara que al existir una contradicción en la fundamentación en la Sentencia y siendo que no se puede subsanar el mismo se pide se anule la Sentencia al no tener la debida fundamentación; por lo que, el Auto de Vista no hubiera obrado con la verdad sobre este punto el Tribunal de alzada no hubiera realizado una correcta observación incurriendo en una falsa apreciación de su recurso
- Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2018, cursante de fs
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- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de Autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 111/2014 de
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- Con relación al tercer motivo, en el que se refiere que en su recurso de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
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