Auto Supremo AS/0064/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0064/2019

Fecha: 15-Feb-2019

El tribunal de alzada en el inc

El tribunal de alzada en el inc. d) a fs. 337 del Auto de Vista recurrido, establece que en ejecución de fallos deberá realizarse la actualización del monto demandado de acuerdo a las UFV, en ese sentido, considerando que el monto que se impuso es de Bs. 20.026,11 por concepto de multa del 30% por incumplimiento del plazo al pago de los beneficios sociales, no corresponde la imposición de una doble multa a la COMIBOL, por lo que el Tribunal de Alzada realiza una errónea interpretación del art. 9 del DS Nº 28699 de 1º de mayo, al establecer que el monto por concepto de multa del 30% deberá actualizarse en ejecución de fallos. A continuación cita y transcribe diferentes Autos Supremos de la prohibición de la actualización de la multa ya que involucraría una doble sanción