Auto Supremo AS/0064/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0064/2019

Fecha: 15-Feb-2019

En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,

En tal sentido, el Tribunal de Alzada no efectuó un adecuado y minucioso análisis de los antecedentes y datos del proceso, por ello la sentencia no se encuadra a lo previsto por el art. 213-II-3), 4) del Código Procesal Civil, aplicable al tenor del art. 252 del Adjetivo Laboral. Por ello se ha valorado la prueba de forma incompleta, lo cual constituye un desconocimiento a los Principios de Justicia y Equidad, desconociendo inclusive la “Política del Estado”, respecto a los derechos laborales, en omisión e inobservancia a los imperativos contenidos en el art. 48 parág. II, III de la CPE. Más aún si el empleador no desvirtuó con prueba alguna los extremos de la demanda, incurriendo en inobservancia a lo previsto en el art. 169 del CPT., y el art. 3-g) del Adjetivo Laboral.
En tal mérito pide que se case el Auto de Vista recurrido, disponiendo una correcta reliquidación de sus derechos laborales.
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS LEGALES Y SU APLICACIÓN EN EL CASO CONCRETO
En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada, se realiza una interpretación desde y conforme la Constitución Política del Estado, el bloque de constitucionalidad y las normas ordinarias aplicables al caso concreto; en ese marco caben las siguientes consideraciones de orden legal:
Recurso de Casación planteado por la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL)