Asimismo, respecto a la afirmación que fue sometido a un indebido proceso, se advierte que
Asimismo, respecto a la afirmación que fue sometido a un indebido proceso, se advierte que no cumplió con los requisitos de flexibilización que fueron establecidos por este Tribunal y explicados en el acápite anterior del presente Auto; toda vez, que conforme alega el recurrente, ello devendría de la invocación de precedentes contradictorios en su recurso de apelación referidos a que se hubiere encontrado en un indebido proceso; sin embargo, no precisó qué derechos o garantías hubieren sido vulnerados, tampoco detalló con precisión en qué consistiría la restricción o disminución y de qué derechos en relación al Auto de Vista recurrido que es la resolución que se recurre de casación, y menos explicó el resultado dañoso emergente de algún defecto, situación por el que el presente motivo deviene en inadmisible
- Parte Acusadora: QUIMBOL LEVER S.A. hoy UNILEBER ANDINA BOLIVIA S.A
- Por memorial presentado el 7 de mayo de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 4 de mayo de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- También aduce que en apelación se habría hecho énfasis en las excepciones opuestas por el
- Con relación a la temática planteada invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo “de 15
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto al primer motivo, el recurrente refiere que el Auto de Vista emite el por
- Al respecto, en cumplimiento de la Resolución de Amparo Constitucional de 27 de diciembre de
- En ese sentido, explicado el cambio de criterio respecto a los Autos Supremos que fueron
- Asimismo, respecto a la afirmación que fue sometido a un indebido proceso, se advierte que
- Con relación al segundo motivo, en el que refiere que el Tribunal Supremo debe considerar
- Al respecto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecido en los
- En ese sentido, el recurso de casación no procede contra otro tipo de resolución judicial
- En el caso presente, el impugnado Auto de Vista, conoció la alzada en contra de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
