Auto Supremo AS/0069/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0069/2019-RA

Fecha: 14-Feb-2019

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 2/2017 de 30 de enero (fs. 965 a 971), el Juez Séptimo de Sentencia y Partido del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a José Luís Sánchez Cerro autor de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, imponiéndole la pena de dos años de reclusión, más la reparación de daños civiles que serán establecidas en ejecución de Sentencia, concediendo el beneficio del perdón judicial; asimismo, declaró a Irma Choque de Sánchez, Cleto Sánchez Cerro y Williams Licidio Fuentes, absueltos de la comisión del delito endilgado, disponiendo la cesación de las medias cautelares de índole personal que se les hubiere impuesto.

Contra la mencionada Sentencia, la parte acusadora Eduardo Duabyakosky Aguirre y Omar Rodolfo Dorado Severiche en representación de QUIMBOL LEVER S.A. (fs. 974 a 976) y el imputado José Luís Sánchez Cerro (fs. 984 a 992 vta.), formularon recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 81 de 5 de septiembre de 2017, que declaró admisibles e improcedentes los citados recursos y confirmó la Sentencia apelada