CONSIDERANDO IV
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Para una mejor comprensión se debe tener en cuenta que el recurso de casación puede contener reclamos en el fondo, la forma, o en ambos a la vez, conforme establece el art. 271 del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), sin embargo, no se debe olvidar que ambas formas de impugnación se fundan en la existencia de una violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
Para una mejor comprensión se debe tener en cuenta que el recurso de casación puede contener reclamos en el fondo, la forma, o en ambos a la vez, conforme establece el art. 271 del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), sin embargo, no se debe olvidar que ambas formas de impugnación se fundan en la existencia de una violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley
- Auto Supremo: 189/2019-RI
- Perales
- reconocimiento de deudas
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II
- 3
- Solicita se valore toda la prueba ofrecida dentro del proceso, revocando la sentencia o en
- Corresponde señalar que el art
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- Contenido de ambas difiere, sobre tal aspecto corresponde señalar el contenido Auto Supremo Nº 992/2017-RI
- También cuyo planteamiento puede ser mixto, empero el recurrente acusa que en la apreciación de
- Es deber del recurrente citar en términos claros, concretos y precisos, la ley o leyes
- III.2. Del “per saltum”
- El per saltum (pasar por alto), es una locución latina que significa pasar por alto
- En nuestra legislación el art
- Si el apelante no postula determinado agravio ante un Auto de Vista confirmatorio, no podrá
- La postura de no aplicar el “per saltum”, también fue asimilada en la aplicación del
- CONSIDERANDO IV
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
