Auto Supremo AS/0132/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0132/2019-RA

Fecha: 12-Mar-2019

En el segundo motivo, la recurrente replica la exposición de argumentos, pues a partir de


En autos, la problemática llegada a casación se apoya en cuestionamientos a la propia Sentencia, como han sido sintetizados antes en esta Resolución, proponiendo que la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de Tarija, habría preceptuado un sentido contrario a los precedentes contradictorios invocados en casación, de tal cuenta que el presente motivo deviene en inadmisible, por cuanto los precedentes contradictorios referidos no fueron invocados en apelación restringida como ordena el art. 417 del CPP.

En el segundo motivo, la recurrente replica la exposición de argumentos, pues a partir de una reseña de lo reclamado en apelación restringida sobre las condiciones de producción de la prueba en juicio oral, cuestionando que el Auto de Vista impugnado no haya tomado en cuenta la doctrina legal contenida en el Auto Supremo 337/2010 de 1 de julio. A más de lo vertido, el recurso no expresa motivos que vinculen al recurso de casación con el Auto de Vista recurrido, pues la carga argumentativa está dirigida abiertamente contra la Sentencia de grado, tildando al Tribunal de apelación de no haber acomodado su actuar en la revisión del primer fallo a un supuesto doctrinal, aspectos que no cumplen en lo mínimo las previsiones dispuestas por norma para la apertura de competencia en casación. Se tratan de previsiones de carga argumentativa tendientes al cumplimiento de los fines tanto del propio de dicho recurso, como de la atribución delegada al Tribunal Supremo como máximo Tribunal de la jurisdicción ordinaria, esto es, sentar y unificar jurisprudencia; casación es entonces un recurso eminentemente jurídico en el que, teniendo una orientación dikelógica, se exige para su apertura un respaldo argumentativo en derecho, más no la simple exposición de desacuerdos con una u otra cuestión; situación por la que este motivo resulta inadmisible