Auto Supremo AS/0149/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0149/2019-RA

Fecha: 26-Mar-2019

El art


II.2 Del recurso del Florencio Gómez López

El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada “no compulsó las pruebas” (sic.) aportadas por su persona como acusador particular y tampoco el Ministerio Público, específicamente las documentales que son relegadas por las pruebas testificales de descargo, vulnerándose el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)