Auto Supremo AS/0150/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2019

Fecha: 19-Mar-2019

El art

El art. 256 del Código Procesal Civil (CPC), prevé que procederá el recurso ordinario de apelación a favor de todo litigante que hubiera sufrido algún agravio, con objeto de que el tribunal superior la modifique, revoque, deje sin efecto o en su caso anule obrados; por su parte, el art. 261 del citado CPC, establece que la apelación contra la sentencia o auto definitivo se interpondrá por escrito fundado, lo que significa que éste medio recursivo contendrá la motivación y fundamentación inherente a los agravios sufridos