Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo
Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo y único concepto, conforme señala la doctrina y la jurisprudencia, estos deben desarrollarse de manera separada, objetiva y concreta, ya que en el primer caso, la especificación debe recaer en los medios de prueba aportados al proceso y a los que el juzgador de instancia no le atribuyó el valor que la ley le asigna; y en el segundo caso, el error debe quedar objetivamente demostrado y ser manifiesto como dispone la norma, por lo que debe ser contrastado dicho error con un documento auténtico que lo demuestre, a efectos que de manera excepcional se proceda a una revaloración de esa prueba
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- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y DOCTRINALES DEL FALLO
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- Si se acusa error de hecho y de derecho, al no tratarse de un mismo
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- Así, el Auto de Vista considera el hecho de que la demandante ahora recurrente de
- Por lo expuesto, no existe incorrecta aplicación de los arts
- Por lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, conforme el razonamiento vertido, emite resolución conforme
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- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
