En cumplimiento a lo previsto en el art
En cumplimiento a lo previsto en el art. 17-IV de la Ley del Órgano Judicial, póngase en conocimiento del Consejo de la Magistratura el presente Auto Supremo para su registro respectivo, debiendo tenerse presente que conforme a la recomendación Nº 22 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe aprobado el 5 de diciembre de 2013 (Garantías para la independencia de las y los operaciones de justicia, hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas), la remisión de Autos Supremos anulatorios como el presente no tienen la finalidad de activar proceso administrativo alguno
- Demandante: Mayoreo y Distribución S.A
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Sentencia Nº 20 de 10 de octubre de 2011
- Tramitado el proceso contencioso tributario seguido por Mayoreo y Distribución S
- En mérito al recurso de apelación interpuesto por el demandado (fs
- Mediante memorial presentado el 20 de noviembre de 2017, Mayoreo y Distribución S
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- Por estos motivos solicita se declare fundado su recurso y se anule obrados hasta que
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- Solicita que su Recurso de Casación en la Forma sea declarado fundado y en consecuencia
- En consideración a los argumentos expuestos por los recurrentes, de acuerdo a la problemática planteada,
- En este contexto, la motivación y congruencia de las resoluciones judiciales constituyen deberes jurídicos que
- De lo anterior se tiene que el incumplimiento de las exigencias de motivación y congruencia
- Esta normativa impone taxativamente que tanto los jueces de primera instancia como los tribunales de
- Asimismo, se advierte que en la etapa probatoria y durante el desarrollo de todo el
- En base a los antecedentes expuestos, este Tribunal encuentra errores o inobservancias del procedimiento que
- No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
