Por memorial presentado el 18 de enero de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 159/2019-RA
Sucre, 26 de marzo de 2019
Expediente: Oruro 2/2019
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Concepción Fernández Fernández
Delito : Hurto
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de enero de 2019, cursante de fs. 129 a 137, Margarita Casilla Vásquez, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 56/2018 de 28 de septiembre, de fs. 104 a 112 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Concepción Fernández Fernández, por la presunta comisión del delito de Hurto, previsto y sancionado por el art. 326 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 159/2019-RA
Sucre, 26 de marzo de 2019
Expediente: Oruro 2/2019
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Concepción Fernández Fernández
Delito : Hurto
RESULTANDO
Por memorial presentado el 18 de enero de 2019, cursante de fs. 129 a 137, Margarita Casilla Vásquez, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 56/2018 de 28 de septiembre, de fs. 104 a 112 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Concepción Fernández Fernández, por la presunta comisión del delito de Hurto, previsto y sancionado por el art. 326 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 18 de enero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Con estos antecedentes denuncia la presencia de defectos absolutos, en sentido que la respuesta otorgada
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se advierte que el 11 de enero de 2019, la
- Como primer motivo traído en casación, la recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió
- En cuanto al segundo motivo traído en casación, denuncia que el Tribunal de alzada incurrió
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
