Auto Supremo AS/0164/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0164/2019-RA

Fecha: 26-Mar-2019

El primer motivo del recurso -en suma- la recurrente manifiesta que el Tribunal de apelación


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En cuanto al requisito plazo, se tiene que el 8 de noviembre de 2018, como destaca diligencia sentada a fs. 2355, la recurrente fue notificada con el Auto Complementario de 29 de octubre de 2018, interponiendo su memorial de casación el 15 de noviembre del mismo año, tal cual destaca a fs. 2359 vta., cumpliendo los tiempos previstos por el art. 417 del CPP, restando el análisis de los demás requisitos de admisibilidad.

El primer motivo del recurso -en suma- la recurrente manifiesta que el Tribunal de apelación generó un defecto absoluto emitiendo el Auto de Vista 095/2018, fuera de los tiempos establecidos en la parte final del art. 411 del CPP; en opinión de la parte recurrente ello constituye violación flagrante al procedimiento. La Sala Penal en atención a ello, comprende que los requisitos de admisibilidad para la apertura de competencia en casación fueron incumplidos. No solo la manifestación de la situación de hecho similar que se plantee contradictoria, exigida por los arts. 416 y ss. del CPP, ha sido incumplida, sino que los propios fundamentos sobre la existencia de un defecto absoluto sobre la emisión de un acto procesal en específico son insuficientes a efecto de la flexibilización de aquellos requisitos