Auto Supremo AS/0164/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0164/2019

Fecha: 19-Mar-2019

En la forma

Luego de realizar la transcripción de doctrina y jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia y el Tribunal Constitucional Plurinacional, en relación a ambos recursos, el recurrente expuso:
En la forma:
1.- La sola mención de la prueba en una Sentencia, no significa que se ha cumplido con la tarea de valorarla; en ese sentido, sostiene que existe una falta de valoración y argumentación de los motivos por los cuales se condena al pago de las planillas solicitadas por el demandante a la Asociación Accidental “SIGMA”; más aún si se ha reconocido que el demandante trabajó para la Empresa MOLAVI S.R.L., en una segunda fase; agrega que no se ha realizado la fundamentación respecto a si están presentes las características de una relación laboral en el indicado segundo periodo de las planillas, que al demandado supuestamente se le adeudan; sostiene también, que no existe fundamentación ni argumentación respeto a los medios probatorios que hubieran determinado la relación laboral del presunto segundo periodo establecido en las planillas 11, 12, 13, 14 y 15 presentadas por el demandado