I.1.1. Motivo del recurso de casación
Por Sentencia 9/2017 de 27 de junio (fs. 181 a 186), el Juez Público de la Niñez y Adolescencia, de Partido de Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia de Villa Montes del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Víctor Hugo Ríos Contreras y Roberto Carlos Aruchari Ciro, autores de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, imponiendo la pena de once años de presidio a cada uno, más el pago de diez mil días de multa a razón de Bs. 0,30 y 0,20 por día.
Contra la mencionada Sentencia, el encausado Víctor Hugo Ríos Contreras, formuló recurso de apelación restringida (fs. 188 a 191 vta.), resuelto por Auto de Vista 45/2018 de 4 de junio, que declaró sin lugar el recurso planteado y en consecuencia confirmó la Sentencia apelada en su integridad, motivando la presentación del recurso de casación sujeto del presente análisis.
I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Por memorial presentado el 9 de julio de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 733/2018-RA de 17 de agosto,
- Explica que la contradicción estriba en que ninguna parte del Auto de Vista impugnado se
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente impetra se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se ordene
- I.1.3. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 733/2018-RA de 17 de agosto, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- El recurrente presentó contra la Sentencia recurso de apelación restringida alegando los siguientes defectos
- Radicada la causa en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija,
- Por otro lado cabe referir que la Juez de origen, establece con la exposición detallada
- En cuanto a la supuesta vulneración al principio in dubio pro reo, el juez penal
- En el caso presente, corresponde el análisis de fondo del recurso planteado, en el que
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- III.2. Análisis del caso
- El recurrente invocó como precedentes contradictorios
- Al respecto, se puede evidenciar del análisis de los dos anteriores Autos Supremos, que las
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
