Del examen del recurso de casación en el fondo, el Auto de Vista impugnado y
La sustracción de materia implica entonces la inexistencia de la pretensión por el hecho de haber desaparecido las causales que al momento de su presentación la respaldaban; con ello, ya no existe razón de ser del petitorio de la demanda y por ende, se extingue el proceso.
IV. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
Del examen del recurso de casación en el fondo, el Auto de Vista impugnado y de los antecedentes del proceso, con base en el análisis jurídico legal y jurisprudencial precedente, este Tribunal concluye que:
La pretensión de fondo del presente proceso contencioso tributario está vinculada a la oposición de la empresa recurrente a la Ejecución Tributaria de 36 Declaraciones Juradas correspondientes al IT, IUE e IUE-BE de los periodos fiscales enero a diciembre de 2009, ordenada mediante Auto de Ejecutoria Nº 25-2794-2013 con CITE: SIN/GGLPZ/DJCC/AUTO/ 00022/2013 de 16 de diciembre, que rechaza dicha oposición
IV. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
Del examen del recurso de casación en el fondo, el Auto de Vista impugnado y de los antecedentes del proceso, con base en el análisis jurídico legal y jurisprudencial precedente, este Tribunal concluye que:
La pretensión de fondo del presente proceso contencioso tributario está vinculada a la oposición de la empresa recurrente a la Ejecución Tributaria de 36 Declaraciones Juradas correspondientes al IT, IUE e IUE-BE de los periodos fiscales enero a diciembre de 2009, ordenada mediante Auto de Ejecutoria Nº 25-2794-2013 con CITE: SIN/GGLPZ/DJCC/AUTO/ 00022/2013 de 16 de diciembre, que rechaza dicha oposición
- El Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Tercero de La Paz, emitió la
- El representante legal de AMERICAN AIRLINES INC
- La Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- Pese a ello, tanto el Juez de la causa como el Tribunal de Apelación, consideran
- De ello se infiere que el rechazo de la oposición a la ejecución tributaria y
- Se hace hincapié en el hecho que los actos administrativos que originan la demanda rechazada,
- 2
- Petitorio
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- Por su parte, la Sentencia Constitucional (SC) 1390/2011-R de 30 de septiembre, ha establecido a
- En cuanto al marco normativo, el art
- De ello se deduce que para que exista cosa juzgada, deben concurrir los siguientes requisitos:
- Según el Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual de Guillermo Cabanellas de Torrez, la cosa juzgada
- La jurisprudencia constitucional, mediante la SCP 2176/2013 de 21 de noviembre, señaló: “El instituto de
- En ese contexto, la cosa juzgada implica la existencia de un fallo jurisdiccional que hace
- Jorge Walter Peyrano, en su obra “El Proceso Atípico”, Editorial Universidad, Buenos Aires 1993, página
- En la legislación comparada, el art
- Del examen del recurso de casación en el fondo, el Auto de Vista impugnado y
- El argumento central de la demanda contenciosa tributaria, es la existencia de una exención de
- En ese contexto, a efectos de dilucidar la evidente existencia de cosa juzgada respecto a
- Posteriormente, mediante Resolución Administrativa Nº 23-0311-2012, revoca dicha exención y el sujeto pasivo formula el
- En ese contexto, se concluye que existe un proceso contencioso administrativo anterior culminado totalmente, no
- Ahora bien, con base en el análisis desarrollado precedentemente sobre la sustracción de materia, se
- Por todo lo expuesto, se concluye que al existir cosa juzgada, respecto a la problemática
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas y costos en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
