A los efectos de sustentar la desglosada pretensión se adjuntó como prueba en fotocopia legalizada
A los efectos de sustentar la desglosada pretensión se adjuntó como prueba en fotocopia legalizada el proceso ejecutivo de fs. 1 a 354, de donde se tiene como elementos trascendentales la visible a fs. 70 donde se tiene el informe de avaluó catastral que establece como valor del inmueble en el monto de Bs. 121.421.00, informe que en su contenido hace una división entre el valor catastral del terreno y el valor catastral de la construcción para determinar en base a su suma el aludido monto, que los avisos de remate se encuentran efectuados en base al informe catastral señalado precedentemente, el segundo señalamiento de subasta y remate se lo realizó con una rebaja del 25% del valor de avaluó catastral tal como refleja fs. 110 a 117, situación que es totalmente corroborada por el acta de remate de fs. 134 donde refleja como adquiriente en el acto de remate al codemandado Jorge Vaca Paz
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- 3
- También precisa que nunca se analizó que la Sra
- Contestación al recurso de casación
- Que los recurrentes acusan la vulneración del art
- Finalmente expresan la vulneración del art
- Solicitando en definitiva declarar improcedente el recurso de casación
- El Auto Supremo Nº 939/2015 de 14 de octubre sobre el tema ha referido: “De
- CONSIDERANDO IV
- Para tener clara la problemática y con finalidad que la respuesta a emitirse sea coherente
- A los efectos de sustentar la desglosada pretensión se adjuntó como prueba en fotocopia legalizada
- En lo que concierne al tema o fundamentación jurídica vinculada a las mejoras el art
- Dentro del tema de las mejoras nuestro ordenamiento jurídico las cataloga como: a) necesarias, b)
- Sobre este tipo de división la doctrina se encargó de definirlas a las necesarias, como
- Las útiles de manera opuesta son todas aquellas que tienen por esencia incrementar el valor
- Y las de mero recreo no ingresan en ninguna de las citadas categorías, por tener
- La citada clasificación debe ser analizada por las autoridades judiciales a los efectos del mencionado
- En función a todo lo anotado, se puede inferir que en la litis los jueces
- Como tercer tópico hace cita de la vulneración del art
- En lo concerniente a cualquier otra observación al estar vinculada al tema de que la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
