La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de
II.3. Auto de Vista
La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista 120/2018 de 30 de julio, por medio del cual declaró la improcedencia del recurso de apelación restringida promovido por el recurrente, considerando:
Sobre la vulneración al art. 124 del CPP, “…la parte recurrente no precisa que motivos de hecho o de derecho se habrían omitido y que afecten el resultado de la decisión, lo que impide entender su cuestionamiento, cuando más bien la resolución impugnada, cuenta con la debida fundamentación” (sic)
- Por memorial presentado el 3 de septiembre de 2018, cursante de fs
- I.1.2. Admisión del recurso
- Por Auto Supremo 931/2018-RA de 16 de octubre, de fs
- A través de la Sentencia 39/2016 de 6 de diciembre, el Tribunal Tercero de Sentencia
- Dicho fallo, relata el “5 de enero de 2015, Remberto Ramiro Gonzáles Vásquez, a horas
- La Resolución de referencia, sienta la declaración del imputado, quien en lo trascendente narra, “he
- De igual forma, previa reseña de aspectos doctrinarios relacionados al delito previsto en el art
- Por memorial de fs
- Cuestionó que la Sentencia afirmase que la solicitud del procedimiento abreviado haya sido consensuada entre
- Finalmente solicitó al Tribunal de apelación anular la Sentencia 39/2016, “en mérito al principio de
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de
- En torno a la solicitud de suspensión de la audiencia, vulnerando el art
- El Tribunal de apelación, consideró también que no existieron elementos de convicción que permitan dar
- III.1.Doctrina legal contenida en el precedente contradictorio invocado
- El Auto Supremo 172/2012-RRC de 24 de julio, fue pronunciado por la Sala Penal Segunda
- III.2.Análisis de la situación de hecho similar y verificación de la contradicción pretendida
- Si bien la argumentación en el recurso opuesto por el recurrente plantea la tesis de
- Con relación a la contradicción pretendida, la formulación básica en la pretensión de la parte
- No cabe duda que prácticas forenses de abierta discrecionalidad o bien de fundamentación aparente, que
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
