CONSIDERANDO IV
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
En cuanto al agravio planteado sobre la errónea interpretación y violación de los arts. 521, 524, 584 y 1538.III del Código Civil de parte del Tribunal Ad quem, al exigir la inscripción en Derechos Reales del bien objeto de la litis sin considerar que los sujetos procesales intervinientes en la presente causa no son terceros sino son partes del contrato de compra venta celebrado el 30 de mayo de 2008, con el respectivo reconocimiento de firmas y rúbricas que tiene eficacia conforme los arts. 105 y 1297 del Código Civil
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
En cuanto al agravio planteado sobre la errónea interpretación y violación de los arts. 521, 524, 584 y 1538.III del Código Civil de parte del Tribunal Ad quem, al exigir la inscripción en Derechos Reales del bien objeto de la litis sin considerar que los sujetos procesales intervinientes en la presente causa no son terceros sino son partes del contrato de compra venta celebrado el 30 de mayo de 2008, con el respectivo reconocimiento de firmas y rúbricas que tiene eficacia conforme los arts. 105 y 1297 del Código Civil
- Mamani Condori
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO III
- En el Auto Supremo Nº 754/2015 - L de 4 de septiembre, se razonó del
- CONSIDERANDO IV
- Por lo señalado, la actora durante el proceso demostró que los recurrentes se encuentran en
- En ese sentido conforme a la regla general que establece el art
- Con relación a la resolución emitida por el A quo interpretando equivocadamente el art
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir fallo en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco E. Jaimes Molina.
