Auto Supremo AS/0424/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0424/2019

Fecha: 24-Abr-2019

De ahí que la tesis formulada en el recurso de casación carece de asidero como

De ahí que la tesis formulada en el recurso de casación carece de asidero como para ser acogida por el Tribunal de casación, pues si bien en este proceso se han producido una serie de elementos probatorios, tales como las testificales de los Sres. Matías Lorenzo Huarachi, Javier Peñaranda Yucra y Dieter Alex Valda Bleichner (que ahora son cuestionadas en su falta de valoración), la inspección ocular de fs. 256, la confesión provocada diferida a la parte actora de fs. 271 a 272, entre otras probanzas, ninguna de estas sustituye el valor probatorio que aporta el contra-documento en la demostración que exige la simulación de un contrato, ya que se debe tener presente el hecho de que el fenómeno simulatorio no emerge de la interpretación de hechos o conductas subjetivas de los contratantes, sino que esta consiste en un verdadero acuerdo de dos o más personas para fingir jurídicamente un negocio, o algunos elementos del mismo, con el fin de crear ante terceros la apariencia de cierto acto jurídico elegido por las partes, y sus efectos de ley, contrariando el fin del acto jurídico concreto ; acuerdo que sin duda es plasmado en el contra-documento