Auto Supremo AS/0424/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0424/2019

Fecha: 24-Abr-2019

Nótese que de la descripción fáctica expuesta, desde el inicio del trámite de la presente

Por su parte la demandada y ahora recurrente, Flora Muñoz Medrano, en su escrito de contestación de fs. 40 a 43, viene a señalar enfáticamente, que el referido contrato es un documento ficticio, pues el mismo habría sido celebrado como un favor para la demandante, por ser esta comadre espiritual de la demandada y en particular a efectos de que la actora pueda acceder a un crédito bancario para instalar un negocio, además porque la demandada debía viajar a España y su “comadre”, la demandante, habría asumido el compromiso de quedarse al cuidado de su hija y vivir en el inmueble objeto del contrato de anticresis. En ese entendido interpone demanda reconvencional sobre anulabilidad de contrato, alegando entre otros la falta de consentimiento de su cónyuge, la violencia y dolo en el consentimiento y error esencial y sustancial en el objeto del contrato referido; pretensión que si bien fue declarada por no presentada, fue nuevamente incorporada al proceso a través de una excepción de litispendencia presentada por la recurrente.
Nótese que de la descripción fáctica expuesta, desde el inicio del trámite de la presente causa, la recurrente sostiene que el documento de fs. 2, constituye un contrato ficticio; de ahí que en apelación y ahora en casación, vuelve a reiterar dicho argumento señalando que la prueba testifical, la inspección ocular y la confesión de la actora demuestran tal extremo; entonces no existe duda que el argumento de defensa de la recurrente se encuentra centrado en cuestionar la validez de los acuerdos asumidos en el contrato de fs. 2, por presuntamente revestir este de un carácter simulado