Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0444/2019
Fecha: 30-Abr-2019
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otros
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Distrito: Cochabamba
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CONSIDERANDO I
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2
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3
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CONSIDERANDO II
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Indicó que el Auto de Vista ahora recurrido se limita a transcribir parcialmente los argumentos
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Haciendo alusión a las normas del debido proceso y citando las Sentencias Constitucionales Plurinacionales Nº
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Concluyó el fundamento del recurso arguyendo que el fallo de segunda instancia carece en absoluto
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Petitorio
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La recurrente solicitó se CASE el Auto de Vista de 24 de agosto de 2018
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DE LA CONTESTACIÓN AL RECURSO
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Notificados los demandados con el decreto de fs
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María Margarita Postigo Sandoval de Olmos, por sí y en representación legal de Ivar y
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Agregaron que de acuerdo a los principios generales de Derecho, la Doctrina, la Jurisprudencia Constitucional,
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Refirieron que los recurrentes ignoran que el recurso de casación debe fundarse en la existencia
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Solicitó primero se declare inadmisible el recurso y si acaso es admitido se declare infundado
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CONSIDERANDO III
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La Jurisprudencia Constitucional, ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la SC Nº 0486/2010-R
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Del contenido de agravios en el recurso de apelación
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El art
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La expresión del agravio, debe expresar una crítica concreta y razonada del fallo que el
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A fin de resolver el recurso en análisis en el marco de lo establecido por
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Más adelante, el autor citado expresa que si en la sustanciación de un proceso no
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Sin duda, los conceptos anteriores vertidos por el autor citado anteriormente, corroboran la apreciación de
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Ahora bien, la recurrente, acusó infracción del art
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Resumido así el recurso en análisis y a fin de establecer si es evidente o
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Referidos los puntos anteriores como fundamento del recurso de apelación o agravios sufridos, la pretensión
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Radicado el trámite en la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba,
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Tan evidente es que se resuelven los puntos de la apelación que en el CONSIDERANDO
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Sobre la pertinencia de la resolución el art
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En autos, el fallo de segunda instancia cumple con el precepto legal glosado, contando con
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Por último, en el fallo recurrido, se encuentra la justificación racional con presencia absoluta de
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Por lo expuesto corresponde emitir fallo conforme al art. 220.II del Código Procesal Civil
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Se regulan honorarios de los abogados que contestaron el recurso de casación en la suma
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Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
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