Auto Supremo AS/0447/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0447/2019

Fecha: 30-Abr-2019

De la revisión al Auto de Vista Nº 195/2018 de fs

De la revisión al Auto de Vista Nº 195/2018 de fs. 630 a 636 vta., estableció que de acuerdo al art. 257.II del Código Procesal Civil no se consideran como causal de apelación los errores que no afecten la parte resolutiva de la sentencia, siendo que por referencia del Auto de Vista, la Sentencia en la parte resolutiva refirió que la misma señaló: “… declarándose la nulidad parcial del indicado contrato de fecha 5 de octubre de 2015, sólo con referencia a la venta de acciones y derechos efectuados por Percy Caro Fernández a favor de Benigno Caro Fernández”, en el caso concreto ese error ya fue subsanado en la parte dispositiva de la Sentencia, que finalmente es la que debe cumplirse estrictamente. Por tanto, el mismo no resulta trascendente entendiendo que en ejecución de sentencia solamente se tomará en cuenta las acciones y derechos dispuestos del deudor Percy Caro Fernández, sin afectar al resto. No obstante, también el art. 226.II del Código Procesal Civil, establece que: “…Los errores materiales, numéricos, gramaticales o mecanográficos podrán ser corregidos en ejecución de sentencia”