Auto Supremo AS/0447/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0447/2019

Fecha: 30-Abr-2019

Respecto a lo alegado, el Auto de Vista refirió que se evidenció que el acreedor

Respecto a lo alegado, el Auto de Vista refirió que se evidenció que el acreedor intentó el secuestro de los vehículos dados en garantía; sin embargo, los mismos no fueron encontrados para el pago correspondiente por lo que tampoco el acreedor puede quedar de manera indefinida sin el cobro de su crédito, siendo viable la persecución del resto del patrimonio del deudor, lo cual corresponde establecer que fue de pleno consentimiento del deudor en la suscripción de los contratos de préstamo, comprometiéndose en ambos créditos a garantizar además de la garantía específica, con la generalidad de sus bienes habidos y por haber (fs. 9 a 10 vta., y 192 a 193 vta.), por lo que el deudor nunca debió transferir a terceros un patrimonio que estaba implícitamente comprometido y reatado a las deudas suscritas con antelación, no teniendo sustento su reclamo