Los aspectos normativos desarrollados evidencian, que el presente proceso deriva de la suscripción de
Los aspectos normativos desarrollados evidencian, que el presente proceso deriva de la suscripción de un contrato administrativo de obra entre una entidad estatal y una empresa privada, contrato que está regido en sus efectos al carácter administrativo del contrato que señala las disposiciones administrativas por las cuales se rige el acuerdo, disposición prevista en su cláusula Décimo Segunda, asimismo, y algo de importancia concluyente, es observar la cláusula vigésimo primera del referido contrato, establece las reglas aplicables a la resolución del acuerdo, señalando un procedimiento expreso, aspecto que muestra con certeza que la resolución del contrato demandado, no deriva de un procedimiento administrativo y menos de un acto administrativo definitivo emergente de un proceso administrativo previo, que pueda ser impugnable por la vía del proceso contencioso administrativo previsto en los arts. 778 al 781 del Código de Procedimiento Civil, sino más bien deriva del incumplimiento a un contrato administrativo
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