Auto Supremo AS/0139/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0139/2019

Fecha: 07-May-2019

Contra esta decisión, el GAM de Cobija, mediante su representante interpuso recurso de apelación, cursante

A mérito de lo manifestado, amparado en la Ley Nº 321 de 18 de diciembre de 2012, interpuso demanda laboral contra el GAM de Cobija, demandando el pago del desahucio, indemnización, vacaciones, aguinaldo por la gestión 2016, subsidio de frontera, montos que sumando hacen Bs.28.000, más la respectiva multa equivalente al 30% del monto total.
El Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cobija, admitió la demanda mediante auto de 16 de marzo de 2017, cursante a fs. 11.
El GAM de Cobija, por escrito de fs. 18 a 19, interpuso excepción previa de imprecisión de la demanda e incompetencia, cumplidas las formalidades procesales, la autoridad judicial de primera instancia, mediante Auto Nº 629/2017 de 18 de mayo, cursante a fs. 34, declaró improbadas ambas excepciones, decisión judicial que adquirió calidad de cosa juzgada.
Por escrito de fs. 20 a 21, el GAM de Cobija, contestó en forma negativa a la pretensión del actor, luego de valoradas las pruebas, se emitió la Sentencia Nº 269/2017 de 14 de julio, cursante de fs. 36 a 38, declarando probada en parte la demanda de fs. 7, disponiendo que el GAM de Cobija pague a la parte actora, luego de ejecutoriada la referida resolución la suma de Bs.4.550, que son consecuencia de la siguiente liquidación:
Subsidio de frontera: (6 meses de salario Bs.3.500) 20%Bs.4.200
Aguinaldo: (Bs.1.750) 20%Bs. 350
TOTALBs.4.550

I.2.Auto de Vista.
Contra esta decisión, el GAM de Cobija, mediante su representante interpuso recurso de apelación, cursante a fs. 41, resuelto por Auto de Vista Nº 352/2017 de 8 de agosto, cursante a fs. 51, emitido por la Sala Social del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, confirmando la decisión de la autoridad judicial de primera instancia