VISTOS: El recurso de casación, presentado por el representante legal del Gobierno Autónomo Municipal de
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 139/2019
Sucre, 07 de mayo de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 488/2017
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación, presentado por el representante legal del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, cursante de fs. 54 a 55, contra el Auto de Vista Nº 352/2017 de 8 de agosto, de fs. 51 pronunciado por la Sala Social, del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro el proceso laboral de pago de beneficios sociales, interpuesto por Hernán Jorge Aguada Bautista contra el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, el auto de concesión del recurso, de fs. 58, el auto que dispone la admisión del mismo, cursante a fs. 68, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 139/2019
Sucre, 07 de mayo de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 488/2017
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
VISTOS: El recurso de casación, presentado por el representante legal del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, cursante de fs. 54 a 55, contra el Auto de Vista Nº 352/2017 de 8 de agosto, de fs. 51 pronunciado por la Sala Social, del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro el proceso laboral de pago de beneficios sociales, interpuesto por Hernán Jorge Aguada Bautista contra el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, el auto de concesión del recurso, de fs. 58, el auto que dispone la admisión del mismo, cursante a fs. 68, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I
- VISTOS: El recurso de casación, presentado por el representante legal del Gobierno Autónomo Municipal de
- Hernán Jorge Aguada Bautista, en su escrito de fs
- Contra esta decisión, el GAM de Cobija, mediante su representante interpuso recurso de apelación, cursante
- Vulneración de los arts
- II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
- 3
- Por lo explicado, en correspondencia con el principio de preclusión, que es parte del debido
- Corresponde tener presente que el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
