Auto Supremo AS/0165/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0165/2019

Fecha: 22-May-2019

En aplicación de la norma señalada, el derecho al pago de sus beneficios sociales del

En aplicación de la norma señalada, el derecho al pago de sus beneficios sociales del demandante, nace a partir de la ruptura o finalización de la relación laboral, es decir, que para aplicar la prescripción de los derechos sociales desde el año 2007, debería existir inacción del demandante por dos años desde la finalización laboral, lo que en este caso no ha ocurrido, ya que como se puede evidenciar, la demanda fue presentada el 3 de septiembre de 2015, es decir cinco meses después de finalizada la relación laboral, por lo que los beneficios sociales que son dos años anteriores a la Constitución Política del Estado vigente, pueden ser reclamados, debido a que la relación laboral fue continuada desde el año 1997 hasta el 2015, por tanto, se le debe reconocer al trabajador el pago de sus beneficios sociales desde el inicio de la relación laboral, hasta el último día de trabajo el año 2015