Auto Supremo AS/0207/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2019

Fecha: 29-May-2019

En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde fallar

En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde fallar conforme disponen los arts. 213, 220. Parágrafo III del Código Procesal Civil y 17 de la Ley del Órgano Judicial Ley N° 025