En el caso presente, se han presentado ante la jurisdicción contenciosa, una multitud de problemas
En el caso presente, se han presentado ante la jurisdicción contenciosa, una multitud de problemas jurídicos, de los cuales solo se ha resuelto de forma equivocada y sin sustento jurídico legal sólo alguno de ellos, puesto que las escasas explicaciones existentes en la sentencia, giran en torno a un solo argumento, pretendiendo con ello resolver la fluencia de problemas jurídicos emergentes de la ineficacia administrativa de la universidad demandante, demostrada en el proceso y que se quiere cargar sobre BUSAR de forma absolutamente injusta
- La referida sentencia, motivó a la Empresa “BUSAR SRL”, a interponer el recurso de casación
- En ese orden existe vulneración del debido proceso y con ello la causal de casación
- En el caso presente, se han presentado ante la jurisdicción contenciosa, una multitud de problemas
- Que la Sentencia Nº 562/2017, resume los argumentos jurídicos de la demandada y con ellos
- Manifestó que la discreta sentencia de primera instancia, omitió resolver o por lo menos referirse
- Al respecto, sostuvo que en el memorial de contestación y reconvención, se expusieron los hechos
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- Que, con carácter previo a resolver el recurso de casación planteado, corresponde tener presente que
- Ello supone una doble instancia donde el tribunal o juez debe circunscribirse a examinar la
- El incumplimiento de las exigencias expuestas ameritan que el Tribunal Supremo disponga la nulidad de
- A su vez, el art
- En cumplimiento de esta obligación procesal, velando por el acatamiento de las normas citadas, de
- A lo indicado, se establece que el tribunal de primera instancia, abstrayéndose de las funciones
- En este contexto, revisada la respuesta a la demanda y en el planteamiento de la
- En suma, todos estos aspectos demuestran la existencia de incongruencia, falta de exhaustividad, de motivación
- En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde fallar
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
