En materia laboral, si bien la carga de la prueba corresponde al empleador conforme el
En materia laboral, si bien la carga de la prueba corresponde al empleador conforme el principio de inversión de la prueba, previsto en los arts. 48.II de la CPE, 3.h), 66 y 150 del CPT; no obstante, la parte demandante aportó pruebas para sustentar su pretensión demandada y demostrar que su despido fue injustificado, entre las que se encuentra el Informe del Inspector de Trabajo cursante a fs. 83, el acta de confesión provocada del representante legal de la empresa demandada a fs. 95, acta de confesión provocada del demandante a fs. 102, declaración testifical de fs. 105 y vta., valorados conforme la sana crítica de la prueba por la Juez de la causa, de conformidad a los arts. 3.j, 60, 158 y 200 del CPT, constituyendo de ese modo en antecedente del despido injustificado conforme el principio de libre apreciación de la prueba Ley y como ya se explicó, la empresa empleadora en la tramitación del proceso no presentó descargos suficientes a su favor
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En grado de apelación, promovido por el representante legal de la empresa demandada (fs
- II.- RECURSOS DE CASACIÓN
- El Auto de Vista recurrido vulnera el art
- Continúa indicando que, también infringió los arts
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
- Los criterios descritos en torno al derecho al trabajo y la estabilidad laboral se encuentran
- Asimismo, de acuerdo al parágrafo III del art
- Este Convenio en su art
- Tal cual se dijo hasta aquí, el trabajador tiene el derecho de conservar su empleo
- Dentro de las facultades y deberes del juzgador en materia laboral, está la de precautelar
- En base a la doctrina aplicable al caso y a los argumentos de la empresa
- Ahora bien, incluso si la empresa consideraba que el hecho cometido fue un delito tan
- Por otra parte, si bien ofreció en calidad de prueba el DVD, conteniendo la copia
- En materia laboral, si bien la carga de la prueba corresponde al empleador conforme el
- Por todo lo expuesto; resulta menester señalar, que el trabajo por constituir la base del
- Merced a estas consideraciones, se establece que los Jueces de instancia al reconocer el despido
- Bajo estos parámetros, se concluye que al no ser evidentes los extremos denunciados en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
