Por lo expuesto y del análisis de la normativa tributaria citada, claramente establece que para
Por lo expuesto y del análisis de la normativa tributaria citada, claramente establece que para que proceda la Determinación sobre Base Presunta se deben dar las circunstancias y establecerse los medios para la referida Determinación, puesto que ésta se practicará utilizando cualquiera de los medios establecidos en el art. 45 del CTB; en ese sentido y de una revisión de los antecedentes del proceso, se advierte que la Vista de Cargo N° ORDEN 7929225870 de 14 de febrero de 2006 (fs. 55), señala: “(…) Alternativamente, en caso de no presentar la declaración jurada extrañada, en el plazo previsto anteriormente deberá cancelar el monto presunto calculado por la Administración Tributaria en aplicación de lo dispuesto en el Numeral 2 del Artículo 44, Artículo 45 del Código Tributario Boliviano y Parágrafo II párrafo segundo del Artículo 34° del Decreto Supremo N° 27310 de fecha 9 de enero de 2004, …” (sic), finalizando el SIN como liquidación del monto presunto, la deuda tributaria de: Treinta y tres mil noventa y ocho 00/100 Bolivianos (el resaltado fue añadido)
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs
- Dicha Sentencia fue recurrida en apelación por Carlos Carrillo Arteaga, Gerente de GRACO Santa Cruz
- Argumentos del recurso de casación
- Señala que el Auto de Vista N° 541 incumple la línea jurisprudencial sentada por el
- En el fondo
- Manifiesta que existe violación de normas en el Auto de Vista, porque sin mayores argumentos,
- Concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, dicte Auto Supremo disponiendo anular obrados hasta
- II.2. Contestación al recurso
- II.3. Admisión
- Doctrina aplicable al caso
- En ese sentido, el art
- Ahora bien, la normativa tributaria establece el Procedimiento Determinativo en Casos Especiales en el art
- Finalmente, resulta necesario señalar que el art
- En base a los argumentos de la parte recurrente, se pasa a resolver su recurso
- Respecto a la ausencia de valoración de los argumentos de la AT, violando el debido
- En ese sentido y revisada la Resolución emitida por el Tribunal de Alzada; se advierte
- Por consiguiente, no resulta evidente la supuesta violación al debido proceso en su vertiente de
- Respecto al recurso de casación en el fondo; cabe señalar que, de acuerdo a la
- En ese sentido, existen ciertas circunstancias y medios para la Determinación sobre Base Presunta, expresamente
- Por lo expuesto y del análisis de la normativa tributaria citada, claramente establece que para
- Por consiguiente, se evidencia que la citada Vista de Cargo, determina la liquidación del monto
- En ese sentido, se evidencia que los Jueces de instancia, con la finalidad de evitar
- Por todo lo expuesto, corresponde a este Tribunal desestimar las pretensiones del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas y costos en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
