Auto Supremo AS/0317/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0317/2019-RA

Fecha: 08-May-2019

En el primer motivo de casación, se establece que el recurrente denuncia la vulneración del


En el primer motivo de casación, se establece que el recurrente denuncia la vulneración del art. 399 del CPP, bajo el argumento sustancial de que el Tribunal de alzada declaró inadmisible el primer motivo de apelación restringida por una razón que no fue advertida oportunamente para su ampliación y corrección, en contradicción con el Auto Supremo 098/2013-RRC de 15 de abril, precisando a título de contradicción que pese a que el precedente resaltó en su doctrina que de acuerdo al derecho de acceso al recurso, el Tribunal de alzada no debe aplicar las normas en su estricta literalidad, ni actuar arbitrariamente en el ejercicio del poder valorativo para determinar si la parte recurrente cumplió o no con los requisitos de admisibilidad, en el Auto de Vista impugnado nada de ello ocurrió, ya que pese a que en el memorial de subsanación explicó lo que pretendía de la norma vulnerada en sentido de que al momento de resolver el recurso de apelación se asigne el derecho a los hechos probados en el juicio, se declaró la inadmisibilidad de su motivo; por lo que precisada como se encuentra la posible contradicción entre el precedente y la resolución recurrida, conforme la exigencia procesal prevista en el art. 417 del CPP, corresponde el análisis de fondo de la problemática planteada, relevando el análisis respecto a la concurrencia de los presupuestos de flexibilización