Por memorial presentado el 20 de febrero de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 317/2019-RA
Sucre, 08 de mayo de 2019
Expediente: Chuquisaca 14/2019
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada: Maiber Yosein Rodas Rojas
Delito: Feminicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de febrero de 2019, cursante de fs. 2482 a 2501 vta., Maiber Yosein Rodas Rojas, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 42/2019 de 4 de febrero de fs. 2456 a 2461 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Teresa Caballero Guerra contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Feminicidio, previsto y sancionado por el art. 252 bis. num. 1) y 6) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 317/2019-RA
Sucre, 08 de mayo de 2019
Expediente: Chuquisaca 14/2019
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada: Maiber Yosein Rodas Rojas
Delito: Feminicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 20 de febrero de 2019, cursante de fs. 2482 a 2501 vta., Maiber Yosein Rodas Rojas, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 42/2019 de 4 de febrero de fs. 2456 a 2461 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Teresa Caballero Guerra contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Feminicidio, previsto y sancionado por el art. 252 bis. num. 1) y 6) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 20 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Maiber Yosein Rodas Rojas (fs
- c)Por diligencia de 13 de febrero de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Refirió que respecto al segundo motivo de apelación relativo a la errónea aplicación de
- 3) En cuanto al tercer motivo de apelación, el recurrente señaló previa mención de la
- 4) Por último, el recurrente expresó que en los tres motivos de apelación restringida invocó
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 13 de febrero de 2019, el
- En el primer motivo de casación, se establece que el recurrente denuncia la vulneración del
- En el segundo motivo de casación, el recurrente también cuestiona la decisión del Tribunal de
- También se evidencia del recurso de casación sujeto a análisis, que en el tercer motivo,
- En el cuatro motivo de casación, el recurrente invocando como precedente contradictorio el Auto Supremo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
