Auto Supremo AS/0318/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2019-RA

Fecha: 08-May-2019

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 44/2014 de 22 de diciembre (fs. 206 a 216), la Juez de Sentencia Segundo de Tarija, declaró al imputado Jorge Ramiro Trigo Magnus, autor y culpable de los delitos de Perturbación de Posesión y Daño Simple, previstos en los arts. 353 y 357 del CP, imponiendo la pena de dos años de reclusión con costas y daños averiguables en ejecución de sentencia, siendo otorgado el beneficio de perdón judicial; además, de absuelto de los demás delitos así como la coimputada Rosario Flores Roca de Trigo.

Contra la referida Sentencia, el imputado Jorge Ramiro Trigo Magnus (fs. 220 238), y la acusadora particular Magdalena Barro Burgos (239 a 241), formularon recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 102/2018 de 5 de diciembre, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar ambos recursos y confirmó la sentencia apelada