Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
El recurrente aduce que el Auto de Vista impugnado deviene de defectos absolutos emergente de la vulneración del derecho al debido proceso en su vertiente derecho a la defensa y legalidad [arts. 115.II, 119.II de la Constitución Política del Estado (CPE), 8 inc. c) de la Convención Americana de Derechos Humanos], por cuanto el Tribunal de Sentencia no asignó valor a la prueba MP-PD-28 (dictamen pericial psicológico), pese a ser legalmente introducida a juicio y puesta al contradictorio de los sujetos procesales y que no fue excluida u observada durante el proceso; en cuyo efecto, en etapa de apelación restringida reclamó como motivo recursivo que la Sentencia se basó en valoración defectuosa de la prueba, emergente de la declaración de la testigo Michell Gabriela Morodías, pese a existir una pericia psicológica que concluía en que el testimonio de la referida testigo no era creíble y en razón a que el Tribunal de juicio vulneró el derecho al juez natural en su vertiente de imparcialidad e independencia por que no se asignó valor probatorio a dicho dictamen pericial
- Por memorial presentado el 28 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Asimismo, indica que el Tribunal de alzada fundamentó otro actuar al que en primera instancia
- Como preámbulo refiere “DEFECTO ABSOLUTO EMERGENTE DE LA VULNERACIÓN DEL DEBIDO PROCESO en su vertiente
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Ahora bien, respecto al análisis del recurso de casación se advierte que los agravios versan
- Del análisis de contenido del recurso, se advierte el incumplimiento de los arts
- Sin embargo, en el acápite anterior de este fallo se ha adoptado criterios de flexibilización
- Con referencia a la cita de las Sentencias Constitucionales 224/2015-S2 de 25 de febrero, 1112/2013
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
