De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 6/2018 de 6 de marzo (fs. 480 a 490), el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y Contra la Violencia hacia la Mujer del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Erick Daniel Yáñez Álvarez, autor y culpable de la comisión del delito de Feminicidio, previsto y sancionado por el art. 252 bis inc. 1) del CP, imponiendo la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto, más el pago de daño civil a la víctima y costas al Estado a calificarse en ejecución de sentencia, siendo resuelta la complementación y enmienda del imputado mediante Resolución de 27 de abril de 2018 (fs. 501 y vta.).
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Erick Daniel Yáñez Álvarez, formuló recurso de apelación restringida (fs. 630 a 644 vta.), que previo memorial de subsanación (fs. 661 a 670 vta.), fue resuelto por Auto de Vista io Huanca, Primitiva Mamani de Castilla 112/2018 de 14 de noviembre, emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró procedentes en partes las cuestiones planteadas “sólo en cuanto se refiere a los defectos de la sentencia contenidos en los numerales 4) y 5) del Art. 370 del CPP denunciados en apelación restringida, sin embargo, por su trascendencia SE DISPONE ANULAR LA SENTENCIA” (sic), ordenando la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia.
c) Por diligencia de 16 de enero de 2019 (fs. 688), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista; y, el 24 del mismo mes y año, formuló el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 24 de enero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Del análisis expuesto precedentemente se evidencia que el recurrente explica la posible contradicción de la
- Con relación a este planteamiento, este Tribunal ha adoptado criterios de flexibilización explicados en el
- Con referencia a la Sentencia Constitucional 0087/2016-S de 15 de febrero, debe recordarse que conforme
- Con relación al tercer motivo respecto a la audiencia de fundamentación, tomando en cuenta que
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
