Por memorial presentado el 24 de enero de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 382/2019-RA
Sucre, 23 de mayo de 2019
Expediente: La Paz 36/2019
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Erick Daniel Yáñez Álvarez
Delito: Feminicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de enero de 2019, cursante de fs. 716 a 721, Jorge Fernando Zúñiga Gutiérrez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 112/2018 de 14 de noviembre, de fs. 678 a 684 vta., pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la parte recurrente contra Erick Daniel Yáñez Álvarez, por la presunta comisión del delito de Feminicidio, previsto y sancionado por el art. 252 bis. inc. 1) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 382/2019-RA
Sucre, 23 de mayo de 2019
Expediente: La Paz 36/2019
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Erick Daniel Yáñez Álvarez
Delito: Feminicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de enero de 2019, cursante de fs. 716 a 721, Jorge Fernando Zúñiga Gutiérrez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 112/2018 de 14 de noviembre, de fs. 678 a 684 vta., pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la parte recurrente contra Erick Daniel Yáñez Álvarez, por la presunta comisión del delito de Feminicidio, previsto y sancionado por el art. 252 bis. inc. 1) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 24 de enero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Del análisis expuesto precedentemente se evidencia que el recurrente explica la posible contradicción de la
- Con relación a este planteamiento, este Tribunal ha adoptado criterios de flexibilización explicados en el
- Con referencia a la Sentencia Constitucional 0087/2016-S de 15 de febrero, debe recordarse que conforme
- Con relación al tercer motivo respecto a la audiencia de fundamentación, tomando en cuenta que
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
