Auto Supremo AS/0505/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0505/2019

Fecha: 23-May-2019

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2. Acusó vulneración del art. 1507 del Código Civil, en su vertiente prescripción de la demandante y que el Tribunal habría creado su propia jurisprudencia al sostener que los derechos patrimoniales no prescriben, siendo que la recurrente excepcionó en dos oportunidades, por prescripción por caducidad de derechos y porque el derecho de la actora para formular por esta vía ya prescribió por imperio de la ley, por lo que el juzgador habría realizado una fundamentación extrapetita.
3. Demandó por vulneración y omisión por desconocer a los terceros interesados que no fueron tomados en cuenta en el proceso siendo que la vendedora Felipa Vargas Ramírez como Fidel Días Ortega, debieron ser llamados hasta el final de la contienda, con el objetivo de descubrir con toda claridad que la demandante sabía y conocía que ese mismo inmueble fue entregado y sabía quiénes lo habitaban