Por lo manifestado, se concluye que los argumentos de casación no son suficientes para revertir
Por lo manifestado, se concluye que los argumentos de casación no son suficientes para revertir la decisión asumida en el auto de vista recurrido, por lo que corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art. 220.II del Código Procesal Civil
- Expediente: SC-9-19-S
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 3
- Señaló que el recurso de casación contiene una mezcolanza de argumentos que hacen inviable entrar
- Añadió que la jurisprudencia moduló, aclaró las características y el fin que persigue el recurso
- Se olvida que el auto de vista que resuelve autos interlocutorios no son susceptibles de
- Respecto al desconocimiento de terceros, en audiencia preliminar de 17 de julio de 2017 (fs
- CONSIDERANDO III
- III.2. Del efecto de la declaratoria de mejor derecho de propiedad
- CONSIDERANDO IV
- La recurrente expresa cuestionamiento al Tribunal de alzada porque habría omitido pronunciarse respecto a un
- En relación a este agravio, ciertamente en relación a la cancelación del registro del derecho
- Por lo manifestado, se concluye que los argumentos de casación no son suficientes para revertir
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
