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    Auto Supremo AS/0506/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0506/2019

    Fecha: 23-May-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Expediente: B-2-19-S
    • Autónomo Municipal de la
    • causa
    • Distrito: Beni
    • VISTOS: El recurso de casación de fs
    • 4
    • 1)Acusó violación al principio de pertinencia y congruencia, en virtud a que el Auto de
    • 2)Que la resolución impugnada carece de fundamentación y motivación, por cuanto solamente se trata de
    • El recurrente solicitó a este Tribunal CASE el Auto de Vista y ANULE el mismo
    • De la contestación al recurso
    • Notificada la entidad demandante con el traslado corrido al recurso de casación (fs
    • Que si el recurrente consideró que el Auto de Vista carecía de fundamentación, debió solicitar
    • Petitorio
    • La entidad demandante solicitó se declare infundado el recurso de casación intentado de contrario con
    • CONSIDERANDO III
    • Así mismo la SC Nº 1365/2005-R de 31 de octubre, en relación a este tema
    • III.2. De la congruencia de la resolución
    • CONSIDERANDO IV
    • En suma, el recurso de casación en la forma, tiene como finalidad lograr que el
    • Efectuada la aclaración precedente, del análisis del recurso planteado por el titular del Gobierno Autónomo
    • Ahora bien, a fin de responder al recurrente, revisado el recurso de apelación contrastada con
    • Entonces, resulta evidente -conforme afirma el recurrente- que la resolución del Ad quem transgrede el
    • Por la fundamentación precedente, corresponde otorgar razón al recurrente en el pedido inmerso en el
    • En relación a la afirmación del demandante cuando en la respuesta al recurso señaló que
    • En relación a que el recurrente debió solicitar complementación si consideraba que el Auto de
    • En consecuencia, corresponde resolver el recurso de casación en la forma aplicando la previsión contenida
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Sin responsabilidad por ser excusable
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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