Auto Supremo AS/0506/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0506/2019

Fecha: 23-May-2019

Entonces, resulta evidente -conforme afirma el recurrente- que la resolución del Ad quem transgrede el

Entonces, resulta evidente -conforme afirma el recurrente- que la resolución del Ad quem transgrede el principio de congruencia y pertinencia, principio que manda, que la resolución debe guardar relación entre lo solicitado y lo resuelto, así como también es evidente el escaso o ningún contenido jurídico del Auto de Vista, es decir no existe base legal en la que funda su decisión, limitándose la decisión a un simple resumen de los argumentos de la demanda y el fundamento de la sentencia, extremo que causa extrañeza al Tribunal Supremo de Justicia en la forma de resolución del Tribunal de Alzada, instancia que en la labor que desarrolla debe observar el mandato del art. en cumplimiento del art. 265.I del Código Procesal Civil que dispone: “El auto de vista debe circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubiese sido objeto de apelación y fundamentación”; es decir, que, el marco en el que el Tribunal de Alzada debe pronunciar su fallo, se encuentra constituido por el fundamento de la sentencia y los puntos observados por el apelante, norma que no fue observada en alzada