Finalmente, el Auto de Vista Nº 039/2017, no se pronuncia sobre la prescripción de las
Por otra parte manifiesta que el Auto de Vista Nº 039/2017 no se ha pronunciado respecto a uno de los agravios planteados, como es el sueldo promedio indemnizable que es absolutamente contradictorio. Esta parte con el derecho que le asiste, ha adjuntado las papeletas de pago del actor de los meses de diciembre, enero y febrero, por las que claramente se puede establecer que durante estos meses, se ha cancelado por las horas efectivamente trabajadas, lo cual representa que del monto pagado, debe considerarse lo establecido por el Decreto Supremo Nº 1592 de 19 de abril de 1949, concordante con el artículo 19 de la Ley General del Trabajo.
Finalmente, el Auto de Vista Nº 039/2017, no se pronuncia sobre la prescripción de las vacaciones, prevista en el artículo 120 de la Ley General del Trabajo y 163 de su Decreto Reglamentario, que establecen la prescripción de dos años, normas que se encuentran vigentes a pesar de lo establecido por el artículo 48-IV de la Constitución Política del Estado, pues existe una seria contradicción entre estas normativas
Finalmente, el Auto de Vista Nº 039/2017, no se pronuncia sobre la prescripción de las vacaciones, prevista en el artículo 120 de la Ley General del Trabajo y 163 de su Decreto Reglamentario, que establecen la prescripción de dos años, normas que se encuentran vigentes a pesar de lo establecido por el artículo 48-IV de la Constitución Política del Estado, pues existe una seria contradicción entre estas normativas
- En grado de apelación deducida por Francisco Wilfredo López Valencia, de fs
- Sobre la nulidad, es preciso establecer que si bien existe carga procesal en los juzgados
- Manifiesta que en el presente caso, de la compulsa de los antecedentes, se puede advertir
- Expresa además que similar situación ocurre cuando se pronuncia la sentencia de 5 de diciembre
- Por todos estos antecedentes solicita anular obrados hasta el vicio más antiguo
- Con relación a la casación en el fondo, manifiesta que el auto de vista no
- El auto de vista solo se limita a exponer aspectos doctrinales que rigen en materia
- Expresa también que su persona, en cada una de las etapas procesales, adjuntó pruebas documentales
- Finalmente, el Auto de Vista Nº 039/2017, no se pronuncia sobre la prescripción de las
- III.1. - Fundamentos jurídicos del fallo
- Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en la forma y en el
- En lo que respecta al auto de vista, a fs
- Por lo que en base a las consideraciones arriba expuestas, corresponde dejar claramente establecido que
- Bajo estas premisas, en lo que respecta a la nulidad demandada, se concluye que el
- En lo que respecta a la prescripción de las vacaciones que señala el recurrente, citando
- Por lo que en aplicación estricta de la jerarquía normativa, la Constitución Política del Estado,
- Por lo que resolviendo el recurso de casación, se concluye que el auto de vista,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, del Tribunal Supremo
- Con costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
