Auto Supremo AS/0269/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0269/2019

Fecha: 26-Jun-2019

Manifiesta que en el presente caso, de la compulsa de los antecedentes, se puede advertir

Manifiesta que en el presente caso, de la compulsa de los antecedentes, se puede advertir que iniciada la demanda el 5 de junio de 2012, la misma es admitida por decreto de 6 de junio de 2012, como consta a fs. 4, luego, a fs. 13 se plantea excepción previa de impersonería y es contestada la demanda de acuerdo a lo establecido en el artículo 124 del Código Procesal del Trabajo, resuelta el 12 de octubre, pero se le notifica en fecha 15 de abril de 2013, es decir, seis meses después de pronunciado el auto interlocutorio que resuelve la excepción de impersonería, lo que llama mucho la atención, pues es una práctica desleal de algunas autoridades jurisdiccionales con la norma procesal, que para salvar los plazos procesales, solo se impone, fecha que coincida con la norma procesal, precisamente a fin de no ser objeto de sanción, lo cual vulnera abiertamente lo dispuesto por el artículo 57 del Código Procesal del Trabajo, concordante con el artículo 60 de la citada norma, pues si se exige lealtad procesal a las partes, con mayor razón a la autoridad jurisdiccional, quienes tienen la obligación de cumplir y hacer cumplir las normas procesales