Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, en
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, en base a los fundamentos siguientes:
El art. 265-I del CPC-2013, establece: “El auto de vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación y fundamentación”, norma aplicable a la materia de conformidad al art. 252 del Código CPT; donde claramente se señala que el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación debe ceñirse a lo objetado en el recurso de apelación, no pudiendo el Auto de Vista disponer cuestiones que no han sido pedidas, como tampoco omitir el análisis y/o resolución de ningún agravio expuesto en apelación; además, la resolución de vista debe contener una debida motivación y fundamentación, respecto de la posición que asuma, más aún, si el Tribunal de segunda instancia se constituye en un Tribunal de conocimiento y no así de puro derecho, teniendo la potestad y obligación, de analizar todos los agravios expuestos en el o los recursos interpuestos contra la Sentencia
Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, en base a los fundamentos siguientes:
El art. 265-I del CPC-2013, establece: “El auto de vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación y fundamentación”, norma aplicable a la materia de conformidad al art. 252 del Código CPT; donde claramente se señala que el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación debe ceñirse a lo objetado en el recurso de apelación, no pudiendo el Auto de Vista disponer cuestiones que no han sido pedidas, como tampoco omitir el análisis y/o resolución de ningún agravio expuesto en apelación; además, la resolución de vista debe contener una debida motivación y fundamentación, respecto de la posición que asuma, más aún, si el Tribunal de segunda instancia se constituye en un Tribunal de conocimiento y no así de puro derecho, teniendo la potestad y obligación, de analizar todos los agravios expuestos en el o los recursos interpuestos contra la Sentencia
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- La Juez Segunda del Trabajo, Seguridad Social y de Sentencia Penal de Santa Cruz, emitió
- Auto de Vista
- El Banco Mercantil Santa Cruz S
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, el Banco Mercantil Santa Cruz S
- El Auto de Vista ha violentado la seguridad jurídica y la verdad material, dentro lo
- Petitorio
- Solicita se “revoque” el Auto de Vista recurrido, así como la sentencia de primera instancia,
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, en
- La motivación en las resoluciones judiciales emitidas en revisión de un fallo impugnado, constituye un
- En ese orden de ideas, el Tribunal de alzada al resolver una apelación debe inexcusablemente
- Conforme a estas apreciaciones, este Tribunal, contrastando los agravios expuestos en el recurso de apelación,
- Toda resolución que determine derechos o implique obligaciones, debe contener una debida motivación y fundamentación,
- Siendo evidente que el Tribunal de alzada incurrió en una falta de motivación y fundamentación
- El error cometido por el Tribunal de apelación no es excusable; advirtiéndose además, que este
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
