Auto Supremo AS/0282/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0282/2019

Fecha: 03-Jun-2019

Siendo evidente que el Tribunal de alzada incurrió en una falta de motivación y fundamentación

Otra de las finalidades que hace a la exigibilidad de una resolución motivada en alzada, es la de garantizar la posibilidad de control de la resolución en cuestión, por los tribunales superiores que conozcan y resuelvan los correspondientes recursos; dicho de otro modo; el Tribunal de alzada, debe resolver de manera fundamentada todos los agravios expresados en la apelación, para que el Tribunal de casación, pueda revisar y expresar un adecuado criterio, sobre los argumentos de fondo que se llegaren a cuestionar vía casación.
Siendo evidente que el Tribunal de alzada incurrió en una falta de motivación y fundamentación al no absolver los agravios en apelación; la determinación que debe asumir este Tribunal no puede ser otra que anular el Auto de Vista recurrido, para que el Ad quem adecue su resolución acorde a los principios previstos en la Constitución, y la norma procesal aplicable, garantizando el debido proceso; resultando atendibles las acusaciones del recurso, corresponde fallar de acuerdo a la disposición contenida en el art. 220 parágrafo III num 1 inc. c) del CPC-2013, en concordancia con el art. 106-I del mismo cuerpo legal, aplicable en la materia por expresa determinación del art. 252 del CPT