Auto Supremo AS/0318/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2019

Fecha: 14-Jun-2019

Sin embargo, este aspecto no impide que la judicatura laboral, asuma de manera excepcional la

Sin embargo, este aspecto no impide que la judicatura laboral, asuma de manera excepcional la pretensión de la demandante, tanto por su calidad de mujer y madre, que ostentaba inamovilidad laboral, por haber procreado una hija que al momento de la desvinculación no había cumplido el año de su nacimiento; y que, por tal razón, gozaba de esa inamovilidad, conforme consagra el art. 48-IV de la CPE, que es una norma de aplicación preferente, en aplicación del art. 410 de la misma Constitución