Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0406/2019-RRC
Fecha: 04-Jun-2019
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Por memorial presentado el 4 de septiembre de 2017, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Por Sentencia 84/2015 de 17 de noviembre (fs
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Contra la mencionada Sentencia, el imputado Edwin Ávila Calderón, formuló recurso de apelación restringida (fs
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 027/2018-RA de 1 de febrero,
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El recurrente refiere que en apelación restringida fundamentó sus reclamos en el siguiente sentido: Que
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De igual forma, manifiesta que a más de ser contrario a la jurisprudencia establecida en
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I.1.2. Petitorio
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El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se ordene
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I.2. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 027/2018-RA de 1 de febrero, cursante de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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II.2. Del recurso de apelación restringida
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Contra la resolución impugnada, el imputado Edwin Ávila Calderón, interpuso recurso apelación restringida, argumentando que
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La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, la apelación resolvió
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En el presente caso el imputado Edwin Ávila Calderón, denuncia que el Tribunal de alzada
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por los arts
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Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
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III.2. Análisis del caso concreto
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A tal efecto, se invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 417/2003 de 19 de
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(Tipicidad)
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Que, partiendo de estos conceptos, se tiene que la Ley del Régimen de la Coca
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Bajo este preámbulo, corresponde verificar si existe contradicción entre el precedente citado con lo resuelto
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Que el imputado no esté suficientemente individualizado, expresando que no pudo ser identificado en juicio
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Señala hechos inexistentes o no acreditados, aludiendo la inexistencia de prueba directa que demuestre
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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FDO
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Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
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