Auto Supremo AS/0412/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2019-RRC

Fecha: 04-Jun-2019

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art

Al respecto, cabe aclarar que al haberse acreditado en la fundamentación y motivación precedente que el Auto de Vista no ha contestado fielmente y de manera suficiente a todos los puntos de apelación restringida planteados, no puede ejercerse al presente una adecuada labor de contrastación, considerando que en los argumentos del Auto de Vista, sobre el control de legalidad en la subsunción del hecho al tipo penal por parte del Juez de Sentencia, el Tribunal de alzada no ha ejercido mayor labor en el marco de sus facultades, situación ante la cual, establecido el defecto absoluto incurrido por la Sala de apelación, no se requieren mayores precisiones al haberse establecido que el Auto de Vista se encuentra insuficientemente motivado y fundamentado conforme al análisis realizado en la presente resolución.
POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, lo previsto por el art. 42.I.1 de la LOJ, declara FUNDADO el recurso de casación interpuesto por Susana Gonzales y Shirley Susan Gonzales, cursante de fs. 349 a 353 vta.; y, con los fundamentos expuestos precedentemente y en aplicación del art. 419 del CPP, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista 101/2018 de 26 de septiembre, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que previo sorteo y sin espera de turno, deberá pronunciar nuevo Auto de Vista, en conformidad a la doctrina legal establecida en la presente Resolución