Auto Supremo AS/0415/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0415/2019-RRC

Fecha: 04-Jun-2019

El Auto de Vista 58/2018 de 1 de agosto, dictado por la Sala Penal Tercera


El Auto de Vista 58/2018 de 1 de agosto, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró admisible y procedente en parte el recurso planteado; en cuyo mérito, revocó en parte la Sentencia apelada y teniendo en cuenta que en el presente caso se tratan de delitos de corrupción en estricta aplicación de la parte in fine del art. 366 del Código de Procedimiento Penal (CPP), modificado por la Ley 004 de 31 de marzo de 2010, declaró la improcedencia de la suspensión condicional de la pena a favor del acusado Juan Carlos Espinoza Quintanilla, en base a los siguientes aspectos:
El imputado fue declarado autor de una pluralidad de delitos entre ellos, Incumplimiento de Deberes, Peculado, Malversación y Concusión, previstos y sancionados por los arts. 154, 142, 144 y 151, respectivamente del capítulo III, Delitos de Corrupción de la Ley 004, de donde se señala que efectivamente el imputado se encuentra dentro de los tipos penales de corrupción y como efecto jurídico de la parte in fine del art. 366 del CPP modificado por la Ley 004 lógicamente se torna improcedente e inaceptable la suspensión condicional de la pena. Por los argumentos referidos señala que la Sentencia se alejó de las previsiones contenidas en el Código de Procedimiento Penal; en consecuencia, el Tribunal de alzada en aplicación del principio celeridad admite el recurso pretendido declarando su procedencia; y como consecuencia, revoca en parte la Sentencia determinando declarar improcedente el beneficio de la suspensión condicional de la pena para el imputado